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Bono Por Hijo

Bono por hijo: En qué consiste y cómo acceder a él

bono por hijo

A continuación, 4 Life Seguros te cuenta quiénes pueden optar a este beneficio y cómo.

¿Qué es el bono por hijo?

El bono por hijo es un beneficio que entrega el Estado a las mujeres con hijos nacidos vivos o adoptados cuando cumplen 65 años de edad. Esto quiere decir, que el bono no se le entrega a la madre cuando los hijos nacen, sino que al momento en que ellas se jubilan.

Es importante saber que la bonificación es por cada hijo nacido vivo y adoptado, y se deposita a tu cuenta de AFP con el objetivo de incrementar tu pensión. 

¿Qué pasa con las madres de hijos adoptados?

Para el caso de los hijos adoptados, el bono se entrega tanto a la madre biológica como a la madre adoptiva.

¿Cómo funciona?

Desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, se fija una bonificación que comienza a generar rentabilidad desde ese mismo momento, la cual equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 años hasta los 65 años).

¿De qué valor corresponde y cómo se calcula?

El cálculo suma el 10% de 18 ingresos mínimos, más la rentabilidad anual promedio del Fondo C (descontadas las comisiones de la AFP). 

Se calcula de la siguiente manera: 

  • Si el hijo(a) nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente hasta esa fecha ($165.000) 
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes que nació el hijo(a) 

Para entender mejor, entregamos un ejemplo: Una mujer de 65 años que tuvo un hijo(a) antes del 1 de julio de 2009, se le considera un ingreso mínimo de $165.000, más la rentabilidad anual del Fondo C (4,51%), por lo que recibirá un bono de $422.687 por cada hijo(a).

¿Quiénes pueden optar a este beneficio?

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria
  • Madres, que sin estar afiliadas a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a un Aporte Previsional Solidario (APS)

Otros requisitos

El IPS también establece que para obtener esta bonificación, se debe residir en territorio chileno por un periodo de 20 años, ya sea continuos o discontinuos, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años de edad. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos 4 años, durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud de la bonificación. 

En caso de las madres que fueron exiliadas y se encuentren en el registro de la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo vivido en Chile como en el extranjero.

¿Quiénes no reciben este beneficio?

No pueden recibir este beneficio las madres pensionadas antes del 1 de julio del año 2009, ni aquellas que reciban pensiones del régimen antiguo de pensiones (Capredena o Dipreca).

¿Cómo acceder?

Debes presentar la solicitud al cumplir los 65 años de edad, ante el organismo que te paga la pensión: AFP, IPS, municipio o compañía de seguros.

Para saber directamente si te corresponde el bono o para postular sin salir de casa, puedes ingresar al Instituto de Previsión Social (IPS) en Línea, donde sólo debes colocar tu rut y se desplegará toda la información sobre el bono por hijo, y también, sobre todas las otras bonificaciones asociadas a este organismo. 

Para dirigirte a IPS en Línea, puedes pinchar aquí.

El bono por hijo es un nuevo beneficio que reconoce el trabajo de las madres. 4 Life Seguros te entrega la información necesaria para que optes a este beneficio y recibas la bonificación que corresponde a tantos años de trabajo.

Fuentes de información

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