
Bono por hijo: En qué consiste y cómo acceder a él

Existe un beneficio al cual pueden optar las mujeres con hijos desde los 65 años. Este bono llamado bono por hijo tiene la función de incrementar el monto de la pensión de la mujer al momento de jubilarse.
A continuación, 4 Life Seguros te cuenta quiénes pueden optar a este beneficio y cómo.
¿Qué es el bono por hijo?
El bono por hijo es un beneficio que entrega el Estado a las mujeres con hijos nacidos vivos o adoptados cuando cumplen 65 años de edad. Esto quiere decir, que el bono no se le entrega a la madre cuando los hijos nacen, sino que al momento en que ellas se jubilan.
Es importante saber que la bonificación es por cada hijo nacido vivo y adoptado, y se deposita a tu cuenta de AFP con el objetivo de incrementar tu pensión.
¿Qué pasa con las madres de hijos adoptados?
Para el caso de los hijos adoptados, el bono se entrega tanto a la madre biológica como a la madre adoptiva.
¿Cómo funciona?
Desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, se fija una bonificación que comienza a generar rentabilidad desde ese mismo momento, la cual equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 años hasta los 65 años).
¿De qué valor corresponde y cómo se calcula?
El cálculo suma el 10% de 18 ingresos mínimos, más la rentabilidad anual promedio del Fondo C (descontadas las comisiones de la AFP).
Se calcula de la siguiente manera:
- Si el hijo(a) nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente hasta esa fecha ($165.000)
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes que nació el hijo(a)
Para entender mejor, entregamos un ejemplo: Una mujer de 65 años que tuvo un hijo(a) antes del 1 de julio de 2009, se le considera un ingreso mínimo de $165.000, más la rentabilidad anual del Fondo C (4,51%), por lo que recibirá un bono de $422.687 por cada hijo(a).
¿Quiénes pueden optar a este beneficio?
- Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria
- Madres, que sin estar afiliadas a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a un Aporte Previsional Solidario (APS)
Otros requisitos
El IPS también establece que para obtener esta bonificación, se debe residir en territorio chileno por un periodo de 20 años, ya sea continuos o discontinuos, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años de edad. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos 4 años, durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud de la bonificación.
En caso de las madres que fueron exiliadas y se encuentren en el registro de la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo vivido en Chile como en el extranjero.
¿Quiénes no reciben este beneficio?
No pueden recibir este beneficio las madres pensionadas antes del 1 de julio del año 2009, ni aquellas que reciban pensiones del régimen antiguo de pensiones (Capredena o Dipreca).
¿Cómo acceder?
Debes presentar la solicitud al cumplir los 65 años de edad, ante el organismo que te paga la pensión: AFP, IPS, municipio o compañía de seguros.
Para saber directamente si te corresponde el bono o para postular sin salir de casa, puedes ingresar al Instituto de Previsión Social (IPS) en Línea, donde sólo debes colocar tu rut y se desplegará toda la información sobre el bono por hijo, y también, sobre todas las otras bonificaciones asociadas a este organismo.
Para dirigirte a IPS en Línea, puedes pinchar aquí.
El bono por hijo es un nuevo beneficio que reconoce el trabajo de las madres. 4 Life Seguros te entrega la información necesaria para que optes a este beneficio y recibas la bonificación que corresponde a tantos años de trabajo.